DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jimenez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en los artículos 2, 26, 75, 76 y 78° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 1°, 2°, 5°, 8°, 365° y siguientes de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara CON LUGAR, la demanda de aumento de obligación de manutención, intentada por la ciudadana CARMEN YAJAIRA COLMENAREZ COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.986.522, domiciliada en la calle dos Mateo Segundo Viera, Sanare, municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Lara, en beneficio de la joven OMITIDO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LONNA, en contra del ciudadano WUILFREDO RICARDO GONZALEZ, ven.....