DECISION
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO interpuesta por la sociedad de comercio BANCO CARONÍ, C.A BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil TRANSPORTE BORGES ALAYON III, C.A. En consecuencia, 1º se resuelve el contrato de venta con reserva de dominio autenticado en la Notaría Pública 4ª de Puerto Ordaz fecha cierta 06 de Junio de 2007 archivado bajo el No. 2652. 2º Se condena al demandado a restituir el vehículo MARCA: IVECO, AÑO MODELO: 2.007, MODELO: 450S38T, COLOR: BLANCO, SERIAL DE CARROCERÍA: 8XVM4MRS87V501155, SERIAL DE MOTOR: IVECO-SL*0000494, CLASE: CAMIÓN, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, PESO: 6.990 KG, CER.....