El Tribunal Segundo en Funciones de Control de la Sección Penal de Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, seguida al adolescente: JOSE WILFREDO GARCIA MAURERA: por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 ordinales 1,2,3 y 8 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotores, conforme a lo establecido en el Articulo 561 literal “D” de la Ley Orgánica del Niño y Del Adolescente. Cumpliendo con lo establecido en el Articulo 555 ejusdem. Notifíquese a las partes, publíquese, regístrese y remítase las actuaciones al Tribunal de Ejecución en su oportunidad.