DECLARO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por MARIENNA GARCÍA- GALLO y CARLOS BASTIDAS ESPINOZA, actuando en este acto en su condición de Defensores del Coronel (GN) JESÚS FARIA RODRÍGUEZ, en contra de la decisión del Juzgado Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Caracas, de fecha dieciocho de mayo de dos mil cuatro, que le decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano Coronel (GN) JESÚS FARIA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.517.625, por la presunta comisión del delito de INSTIGACIÓN A LA REBELIÓN, previsto y sancionado en los Artículos 476, Ordinal 1º y 481 del Código Orgánico de Justicia Militar, todo de conformidad con lo previsto en los Artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.