este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la excepción de falta de cualidad alegada por los codemandados Carlos Milito Marquesano y Alfonso Carpentieri Annarummo para sostener el presente juicio, así como también se declara sin lugar la falta de cualidad del actor JULIO CÉSAR MILITO LOPEZ para intentar la acción.
SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de Nulidad de Asamblea instaurada por el ciudadano JULIO CESAR MILITO LOPEZ, en contra de los socios ALFONSO CARPENTIERI ANNARUMMO, CARLOS MILITO MARQUESANO, ANGELO MILITO MARCHESANO, y la sociedad de comercio INVERSIONES YACAMBU, C.A., representada por su Presidente, ciudadana CARMEN CARPENTIERI MILITO.
En consecuencia, se declara nula el acta de Asamblea Extraordinaria de la sociedad mercantil Inversiones Yacambú C.A, celeb.....