DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA MANTENER LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DEL CIUDADANO VICTOR MANUEL RAMIREZ DOMINGUEZ, en los autos plenamente identificado, y en consecuencia niega la medida cautelar menos gravosa solicitada por la defensa del precitado encausado, conforme lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.  Notifíquense a las partes de la presente decisión.  LIBRENSE LAS CORRESPONDIENTES BOLETAS DE NOTIFICACION.  REGISTRESE Y CUMPLASE.