Hoy, 30 de octubre de 2008, siendo las 11:00, día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que se hace el llamado correspondiente de las partes a las puertas de este Tribunal por el alguacil JUAN GUTIERREZ, compareciendo solo por la parte demandada el apoderado judicial JEAN CARLOS FARIÑA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 108.980, y el abogado JUAN CARLOS DIAZ, en su carácter de Procurador Especial de Trabajadores en el Estado Lara. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESE.....