´este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta: PRIMERO SE DECLARA INCOMPETENTE, para seguir conociendo el presente CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentado por Sociedad Mercantil AGRO-SOCIOS C.A contra ASOCIACION PRODUCTORES AGRICOLAS DE VENEZUELA (APROVEN) y los ciudadanos JOSE IGNACIO CASAL PÉREZ, NICOLÁS JOSÉ ROMANO GARCÍA, CARMEN CORINA GONZÁLEZ, NICOLÁS JOSÉ GONZÁLEZ y JESÚS LÓPEZ POLANCO, todos ampliamente identificados en el encabezado del presente fallo, en razón de materia y territorio. SEGUNDO: En razón del particular primero, este Juzgado declina el conocimiento del presente asunto al Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. TERCERO: Se ordena librar oficio dirigido al Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Est.....