Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil, designa el cargo de CURADOR ESPECIAL a la prenombrada ciudadana, a fin de que represente a la adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE)e identificada con el Acta de Nacimiento expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Heres del estado Bolívar, asentada bajo el Acta Nº 1899, de fecha 01 de julio de 2008. Libro 7. Tomo 1. Folio 99, del Registro Civil de Nacimientos llevado por esa Autoridad en el año 2008. Imponiéndosele, por este Tribunal, las atribuciones y obligaciones que implica el cargo que se le discierne, a los fines de que represente sus derechos en la "Venta de un Apartamento, distinguido con la letra y número A-4, ubicado en la Planta Alta de la Torre "A" de Residencias "Itálica", situada en la Urbanización.....