Por tanto, de conformidad con los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en el estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por el Fiscal Militar 34 de Mérida, en contra del SOLDADO JAIRO JOSÉ MARQUEZ ORTEGA, titular de la cédula de identidad Nº 25.728.315, plaza del Batallón 255 Grupo de Artillería de Campaña "Coronel Francisco José Torres", con sede en Mérida, por la comisión del delito de Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en Actos del Servicio, previsto y sancionado en el artículo 168 de la Ley Orgánica de Drogas; SEGUNDO: ADMITE totalmente las pruebas ofrecidas por la Fiscalía Militar 34 de Mérida, en virtud a que las mismas son licitas, necesarias, legales, y pertinentes; de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal; TERCERO: OTORGA la me.....