DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se Homologa el Desistimiento del Procedimiento presentado en la presente causa por la representación judicial de la Sociedad Mercantil Industrias Vital Camargo S.R.L., parte recurrente; contentiva del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad en contra la Providencia Administrativa N° 840, de fecha 17 de Noviembre del 2003, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara sede Barquisimeto, y le otorga el carácter de cosa juzgada formal, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 266 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el art.....