DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación formulada por el abogado ENRIQUE EUGORROLA, Apoderado Judicial del intimado, en contra de la sentencia dictada en fecha 09 de agosto de de 2011, por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que Negó la perención de la instancia, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES interpuesto por MAKHLOUF ZAMMAR ELÍ JOSÉ contra ABOUH ASSOUN GHALEB RADWAN, ya identificados.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.