OBLIGACIONES PACTADAS Y PLAZO PARA SU CUMPLIMIENTO
Obligaciones de hacer: El adolescente, se obliga: 1.- Iniciar una actividad educativa a partir del día sábado 29/03/2008 en el Instituto de Cooperación Educativa (INCE), y deberá consignar constancia de inscripción y notas certificadas y la carta de promoción de año. 2.- Presentación una vez al mes por el lapso de seis (06) meses a una entrevista psiquiatra y psicológica a partir del miércoles 02/04/2008. 3.- Durante el lapso de la conciliación, y a los efectos de evitar cualquier actividad que pueda causar el incumplimiento de las obligaciones, se prohíbe al adolescente concurrir a lugares nocturnos, así como al centro estudiantil en el cual se realizó la aprehensión. 4.- Deberá presentarse una vez al mes ante el Tribunal, por el lapso que dure la suspensión del proceso, y en caso de conseguir empleo, deberá consignar al Tribunal la respectiva constancia de trabajo. Todas las anteriores obligaciones serán por el plazo de SEIS (06).....