Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ALBERTO ANTONIO CABRERA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.469.208, falleció el día 12/04/2021, en su residencia ubicada en Roble por Fuera, Sector La Laja, Calle Principal, Casa S/N, San Félix, Municipio Caroní, Estado Bolívar, a consecuencia de CARCINOMA PRÓSTATA, según acta de defunción Nro. 1379; a la ciudadana DANESIS DE JESÚS CABRERA DELGADO, ve.....