En fuerza a lo antes expuesto, este JUZGADO MILITAR DECIMO DE CONTROL CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAIBO, ESTADO ZULIA; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: Se REVISA la Medida Privativa de Libertad dictada por el Tribunal Militar Décimo de Control con sede en Maracaibo, estado Zulia, en fecha 27 de Septiembre de 2014, en la causa seguida a los ciudadanos los ciudadanos SARGENTO MAYOR DE SEGUNDA UGAS OCHOA LUIS ALFONSO, titular de la cedula de identidad Nº V.- 14.681.450 Y SARGENTO PRIMERO VALMORE JOSÉ ESCALONA FREITEZ, titular de la cedula de identidad, Nº V.- 17.355.420, plazas del Puesto Fronterizo "EL TOKUKO", adscrito al Destacamento 114, Comando de la Zona Nº 11, ubicado en Machiques, Estado Zulia, presuntamente incurso en los delitos militares de "DESOBEDIENCIA", previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 520, "ABANDONO DE SERVICIO", previsto en el artículo 534 y sancionado el artíc.....