Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO CON OPCIÓN A COMPRA VENTA incoada por la ciudadana DIANET ALICIA NOUREDDINE GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 7.583.399, contra el ciudadano OSWALDO BRUCES y EBELDA DEL CARMEN VILORIA DE BRUCES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, domiciliados en la ciudad de San Felipe , Estado Yaracuy y titulares de las cédulas de identidad Nros 2.085.199 y 4.063.243 respectivamente.
Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado vencida en la interposición de la presente acción, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
NOTIFIQUESE A LAS PARTES, por mandato expreso del artículo 251 ejusdem. Líbrese las boletas respecti.....