Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Helen Verónica Mir en su condición de Defensora Publica Quinta Auxiliar Penal Ordinario, actuando en tal carácter del ciudadano Giovanny Hernández, contra la decisión dictada en fecha 12 de enero de 2014 y fundamentada en fecha 28 de enero de 2014, por la Jueza del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano Giovanny Hernández por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6, numerales 1ro, 2do y 3ro de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en .....