DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR, conforme a los artículos 22 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y criterios jurisprudenciales emanados del Tribunal Supremo de Justicia, el recurso de apelación contra sentencia definitiva, ejercido por los abogados Luis Rafael Medina Ruiz y Tony Parejo, quienes fungen como defensores privados del ciudadano Saverio Mario Antonio Mainardi, impugnación ejercida a los fines de refutar la decisión proferida por el Tribunal Accidental de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, sede Puerto Ordaz, que fuere dictado en fecha 11 de agosto de 2.....