DECISIÓN
En base a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la acción de Divorcio intentada con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente, interpuesta por el ciudadano DOMINGO JOSÉ PÉREZ SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 402.761 y de este domicilio, contra la ciudadana ANA MERCEDES MONTES DE OCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.876.638 y de este domicilio. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído por ante la Prefectura del Municipio Autónomo de Chacao del Estado Miranda, el día 25/11/1963, según consta en Acta de Matrimonio Número 465, al Folio 110 Vto. y 111, Tomo 2 del Libro de Registro Civil .....