Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada TIBISAY SÁNCHEZ, actuando en su condición de Defensora Pública de la ciudadana ZORAIMA COROMOTO PÉREZ ANDRADE, contra la decisión dictada en Audiencia de Calificación en Flagrancia celebrada en fecha 27 de Mayo de 2011 y fundamentada el 01 de Junio de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 07 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a su defendida, por la presunta comisión de los delitos de ULTRAJE VIOLENTO, LESIONES PERSONALES TENTATIVAS y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en los artículos 223, y 413 del Código Penal.
SEGUNDO: Se CO.....