PRIMERO: se acuerda imponer MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD, a favor de la victima ciudadana ARIANNA CAROLINA SOLIS PEREZ, Titular de la Cedula de identidad Nro. V- 20.548.699, de conformidad con lo establecido en el Articulo 90 ordinales 3º,5º, 6º y 13º de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, así mismo la remisión de la victima por ante el Equipo Interdisciplinario a los fines de recibir charlas alusivas al control de la ira y a la no violencia contra la mujer. SEGUNDO: SE ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR ADMISIÓN DE HECHOS, previsto y sancionado en los artículos 43, 371 y 375 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano imputado RAY RUIZ MAS, Titular del Pasaporte Nº 0917375.TERCERO: Se declara sin Lugar el Escrito de Excepciones, presentado en Fecha 15 de Marzo de 2017, por la Abogada Damaris Gómez, Defensora Pública Penal Nº 4 Provisorio, DVM Tumeremo, de conformidad con el articuelo 311 numeral primero del Códig.....