Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 decide librar ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano penado PADILLA GUERRA ANTONI JAVIER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.486.814, plaza del 205 Grupo de Artillería y Combate "G/J JOAQUIN CRESPO", sector Torondoy, San Cristóbal Estado Táchira, quien fuera fuera condenado en fecha 05 de junio de 2015, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias contempladas en el artículo 407, del Código Orgánico de Justicia Militar, como autor responsable del delito de CONSUMO DURANTE EL CUMPLIMIENTO DE UN ACTO DEL SERVICIO, previsto y sancionado en el artículo 168 de la Ley Orgánica de Drogas, y una vez aprehendido la autoridad competente, lo debe poner a la orden d.....