Este Tribunal procede a la admisión del referido escrito de pruebas, en los siguientes términos: En relación al CAPITULO I del Mérito de los Autos por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN cuanto ha lugar en derecho se requiere, salvo su apreciación en la definitiva. En relación al CAPITULO II de las Pruebas Documentales, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN cuanto ha lugar en derecho se requiere, salvo su apreciación en la definitiva. Asi mismo este Tribunal procede a la admisión del referido escrito de pruebas, en los siguientes términos: En relación al CAPITULO I de las Pruebas Documentales, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN cuanto ha lugar en derecho se requiere, salvo su apreciación en la definitiva. En relación al CAPITULO II de la Ratificación de Testigos, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho se requiere, salvo su apreciación en la definitiva, a.....