Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, vista la admisión de los hechos y la Suspensión Condicional del Proceso, este Tribunal Militar, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 ordinales 2°, 8° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, presentada por el ciudadano Capitán. Marcos Antonio Labrador Carrillo, Fiscal Militar Trigésimo Sexto de San Cristóbal con Competencia Nacional, en contra del acusado ciudadano SARGENTO SEGUNDO. DANNY LEONARDO QUIMBAYA, titular de la Cédula de Identidad N° 16.487.422, por la comisión de los Delitos Militares de ABANDONO DEL SERVICIO, previsto en el Encabezamiento del Artículo 534, en concatenada relación con el Artículo 537 del Código Orgánico de Justicia Militar, y DESOBEDIENCIA, previsto en el Artículo 519 y Sancionado en el Primer Aparte del Artículo 520 ejusdem, por cuanto cumple la acusación fiscal, con todos los requisitos exigidos en e.....