En merito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO, presentado por las apoderadas judiciales de la parte demandante ciudadanas ADELIS TERESA RODRIGUEZ y CARMEN TERESA MARQUEZ, en tal virtud, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.