Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso ejercido por la ciudadana ÁNGELA MARGARITA PÉREZ LAMA, representada por el abogado CARLOS ANDRÉS RUSSONIELLO MALDONADO, todos suficientemente identificados en la parte motiva del presente fallo, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº 744, de fecha 20 de junio de 2005, suscrito por el Director de Recursos Humanos, Secretaría de Salud, de la Alcaldía Metropolitana de Caracas.