Este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el SOBRESEIMIENTO de la solicitud de declaratoria de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana LUISA JOSEFINA PEREZ DE ROVERO, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 3.086.476, de este domicilio, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos, ciudadanos AULIO JOSE ROVERO PEREZ, LUIS JOSUE ROVERO PEREZ, ELIECER JOSE ROVERO PEREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.435.582, V-11.786.967 y V-13.096.426, respectivamente. Y SIN LUGAR la oposición formulada por la ciudadana LIZBETH ALICIA ROVERO DE GUERRERO; todos identificados en autos; razón por la cual los interesados podrán proponer las pretensiones que consideren pertinentes en la jurisdicción contenciosa.