Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Militar Quinto de Control, siendo competente por la materia, según lo prevé el artículo 261 de la Constitución Nacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 126, 127, 132, 157 234, 236, 237, 238, 240 y 373 en su último aparte todos del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA: PRIMERO: Se Decreta la aprehensión en flagrancia de conformidad a las pautas establecidas en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los ciudadanos Primer Teniente ROSNELD CARLOS BERROTERAN GARCIA, titular de la cédula de identidad número V-18.753.045, RONNY BERROTERAN GARCIA, titular de la cédula de identidad número V-14.331.563 y LUIS ENRIQUE MARIN ROJAS, titular de la cédula de identidad número V-18.908.306, quienes se encuentran presuntamente involucrados en la perpetración de los delitos militares de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto en el artículo 570 n.....