Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 25 de octubre de 2004, por el abogado Arnoldo Lara Sánchez, en su carácter de apoderado de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 13 de octubre de 2004, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el procedimiento de denuncia mercantil formulada por el ciudadano Dionicio Antonio Lucena Colmenarez, contra el ciudadano Hector Rafael Lucena, en su carácter de administrador-presidente de la empresa El Sabor del Trigo, C.A.. En consecuencia, se ordenó la realización de una inspección en los libros de la empresa, por un comisario ad hoc. Quedó así MODIFICADA la sentencia apelada. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 251 y 233 del CPC.