Por todas las razones expuestas, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Función  de Juicio N° 3 de la Circunscripción Judicial del Estado Lara,  Administrando Justicia en Nombre de la República  Bolivariana de Venezuela y por  Autoridad de la Ley,  CONDENA  a los  ciudadanos GIOVANNY GREGORIO MONTES ALVARADO, de nacionalidad venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, fecha de nacimiento 21-09-1979, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de oficio  albañil, titular de la cédula de identidad No 14.512.572. hijo de Gertrudis del Carmen Alvarado de Montes  y  Giovanny  Antonio Montes Camacho,  residenciado en  el Municipio Unión, Barrio La Victoria, Callejón 1 con calle 2, casa  S/N,  a cuadra y media del Club El Carmen, Barquisimeto.  A   CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS y CUATRO (4) MESES DE PRESIDIO mas las accesorias del artículo 13 del Código Penal,   por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO tipo penal previsto y sancionado en el artículo 460  del .....