Se ordena POSPONER el desalojo acordado en fecha 11/01/2016, el cual fue fijado para efectuarse el día miércoles 27/01/2016.- En consecuencia deja sin efecto dicho auto y los oficios derivados del mismo; y acuerda la fijación del acto en cuestión para el periodo vacacional, a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades educativas de los Niños, Niñas y Adolescentes, que estudian en el supra nombrado Colegio objeto de desalojo. En tal sentido se ordena librar oficio a la Zona Educativa del Estado Bolívar, a fin de que indique expresamente la fecha de culminación del periodo escolar 2015-2016, y una vez recibida tal información en este Tribunal, se procederá a la fijación de la fecha para la entrega del inmueble y/o el desalojo del mismo, sin que ello pueda considerarse un menoscabo de los derechos de la parte actora, sino que tal disposición se toma en procura de la protección de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes que estudian en dicho Colegio, al encontrarse .....