Se DICTO SENTENCIA INTERLOCUTORIA, declarando DESISTIDO EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado el abogado HENRIK E. GARCÍA A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.699, en su condición de apoderado judicial de la firma mercantil LÍNEA 1° DE OCTUBRE, C.A., contra el auto de fecha 25 de octubre de 2004, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el juicio por indemnización de daños materiales y morales derivados de accidente de tránsito, intentado por los ciudadanos Agustín Antonio Suárez, Irma del Carmen, Angel Antonio, Eduardo Ramón, Daniel Ramón, Omaira Rosa y Norelis del Carmen Suárez Lameda, contra la firma mercantil Línea 1° de Octubre C.A. y la empresa La Federación Compañía de Seguros, C.A., que cursa por ante ese tribunal con el N° KH03-T-2001-05.