En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara procedente la petición del acusado, y se DECRETA: la revisión y sustitución de la medida privativa de libertad por la establecida en el numeral 1 del artículo 256 del COPP, consiste en ARRESTO DOMICILIARIO al acusado Ender José Jiménez Mendoza, cédula de identidad Nº (...), por estar presuntamente incurso en el delito de Tráfico en la Modalidad de Ocultación, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 264 y 256 .1 del COPP a ser cumplida en (...). SEGUNDO: Notifíquese a las partes, a la Fiscalía 27ª del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, a la Defensa Privada. Líbrese Boleta de Libertad, y oficios correspon.....