DECISION
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SUBSANADA LA CUESTION PREVIA OPUESTA REFERENTE A LA ILEGITIMIDAD DE LA PERSONA QUE SE PRESENTA COMO APODERADO O REPRESENTANTE DEL ACTOR, prevista en el artículos 346, ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil, por la parte demandada en el presente juicio de Nulidad de contrato, seguido por el ciudadano Luis Alberto Rodríguez Castillo, contra la Firma Mercantil TINCA 40, C.A., en la persona de su representante ciudadano JULIO CESAR GIL GUTIERREZ, y contra la ciudadana JANET COROMOTO CANELON RODRIGUEZ, todos antes identificados. En consecuencia, el lapso para la contestación de la demanda comenzará a contarse a partir del día siguiente de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del artículo .....