Se DECLARÓ: conforme al Artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGADO el presente convenimiento, en consecuencia: Se HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, realizado en fecha Cuatro (04) de Abril de 2017. En consecuencia, téngase entre las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, por no haber contradicción en la Ley Adjetiva y estar ajustada a derecho.