DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la acción de amparo, interpuesta por el ciudadano CARLOS ALFREDO HEREDIA RODRIGEUEZ, actuando como apoderado del ciudadano LARRY JOSE MENDOZA RIVERO, contra la Juez del Tribunal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Abg. Rosario Elena Herrera Prado, por la presunta violación de los derechos constitucionales, por parte de la Abg. Rosario Elena Herrera Prado, en su condición de Juez de Primera Instancia Municiones en Funciones de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, en la causa signada con el Nº KP03-S-2016-000709, sobre la medida cautelar preventiva, consistente en la orden desaloj.....