Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  administrando Justicia, en nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por autoridad de la Ley declara:  PROCEDENTE  la pretensión,  intentada por  la Firma Mercantil GESTIONES INMOBILIARIAS LA PRIMERA S.A., representada  por la abogada   SARAY UGEL  contra   la empresa  TW, C.A,  representada por la abogada SOUAD ROSA SAKR SAER, todos  identificados en autos, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En consecuencia,   queda   resuelto  el contrato de arrendamiento  celebrado entre las partes,   sobre el inmueble   tipo local comercial  identificado con el Nro. 5,  ubicado en el Centro Comercial  María,  carrera 19  entre calles  11 y 12, Barquisimeto, Estado Lara,  y  se ordena   entregarlo    totalmente libre de personas y cosas,  en perfecto estado de conservación   y solvente en el pago   de los servicios públicos tales como:  agua,  luz eléctrica,  aseo urbano,  teléfono.  Se le condena a cancelar  como  indemni.....