En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara CULPABLE al ciudadano ENGELS ULIANOF MEDINA CARDENAS, venezolano, SOLTERO, de 29 años de edad, fecha de nacimiento 26-08-79, natural de Barquisimeto, estado Lara, hijo de German Medina y Beatriz Cárdenas de Medina, titular de la Cédula de Identidad N° 14.750.764, ocupación comerciante, domiciliado en: Urb. Agua Miel, N° 23, LA Rosaleda,, Telf.: 0251-2548691 y 0414-3512918, de la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA y VIOLENCIA PSICOLOGICA, tipificados en los artículos 17 y 20 de la derogada Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en agravio de la ciudadana MARÍA ELENA VIDOZA PRADO. SEGUNDO: En consecuencia se condena a cumplir la pena d.....