D E C I S I O N
En razón al Desistimiento, presentado por el Abg. LUIS VARGAS VICCI, apoderado de la parte actora ciudadano JOSE DAVID MOGOLLON HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.641.983, de este domicilio, conforma consta de instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Tercera de Barqusimeto, estado Lara, anotado bajo el N° 34, tomo 189, folios 117 al 119, de fecha 19 de diciembre de 2016 , contra los ciudadanos LEONARDO DEL VALLE FUENTES CIFUENTES e IRENE JOANA PARRA PEREZ, todos arriba identificados, en el presente juicio por DAÑOS Y PERJUCIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte Su Homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
En virtud del presen.....