este Juzgado en aras de mantener el orden en la presente causa, preservar y enaltecer el derecho a la defensa y proteger el derecho al debido proceso, los cuales se encuentran contenidos en nuestra Carta Magna, y consecuentemente a los fines de sanear el presente proceso, ordena la reposición de la presente causa, al estado emitir pronunciamiento sobre la admisión de la demanda.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil se anula auto de admisión dictado en fecha 01/12/2014 (folio 44), así como también las actuaciones posteriores a éste. Se advierte que una vez quede firme la presente decisión se procederá a emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad de la presente demanda.