DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en los artículos 2, 26, 75, 76 y 78° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 289°, 290° y 294° del Código Civil Venezolano y 1°, 2°, 5°, 8°, 365° y siguientes de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, declara CON LUGAR, la solicitud de Pensión de Alimentos intentada por la ciudadana SIRENIA ANTONIA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.369.155, domiciliada en el Caserío Mortero, de este Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Lara, en beneficio de la niña XXXX, en contra del ciudadano RITO JOSE RIVERO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.981.166, domiciliado en el sector El Paraíso, Calle Principa.....