Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 y ss del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 11 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Homologa el presente Desistimiento realizado por la parte Oferente, y en consecuencia se procederá como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide.
JUEZ DE S.M.E TEMPORAL
La SECRETARIA
Abog. LENIN A BRITO NARVAEZ.