ASUNTO PRINCIPAL : FP11-S-2008-000055
ASUNTO : FP11-S-2008-000055
Por cuanto en fecha dieciséis (16) de Julio del 2007, comparecieron por ante este Tribunal el ciudadano; MELANY MARÍA MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº 14.118.408, en su carácter de Gerente General y Representante Legal de la Sociedad Mercantil APLICACIONES TECNICAS INDUSTRIALES DEL SUR, C.A, “ATISUR”, C.A, asistida en este acto por la abogada en ejercicio EVA DIAZ REINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 81.585, consignando una diligencia por ante este tribunal, mediante la cual manifiesta que de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Desiste de la presente Acción y el Procedimiento; con lo cual se pone fin a la controversia planteada en la presente causa, llevada por este Juzgado; este Juzgador para pronunciarse al respecto realiza las siguientes consideraciones:
Este Tribunal observa que la parte actuó con libre arbitrio, sin presiones y con conocimiento de hecho y de derecho sobre el acto realizado, Y que con tal actitud efectivamente dan por terminada la controversia.
Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 y ss del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 11 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Homologa el presente Desistimiento realizado por la parte Oferente, y en consecuencia se procederá como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide.
JUEZ DE S.M.E TEMPORAL
La SECRETARIA
Abog. LENIN A BRITO NARVAEZ.
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