este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa propuesta por el abogado Gilberto León Álvarez, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada CESAR ALEJANDRO VIVAS BRICEÑO, en la pretensión por Resolución de Contrato, intentada en su contra por el abogado Ivor Maximino Díaz León, actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos IYENI MORA DIAZ, OMAR DANIEL DUARTE MORA y NACOR ENRIQUE DUARTE MORA,todos respectivamente identificados.
SEGUNDO: Se advierte a las partes que la contestación de la demanda tendrá lugar dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes, conforme a lo establecido en el artículo 357 del Código de Procedimiento Civil, todo de conformidad con el artículo 358 numerales 3° ibídem.
En consecuencia, se o.....