D E C I S I Ó N
En virtud de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la denuncia por motivo de FRAUDE PROCESAL anunciado por el ciudadano JOSÉ AREVALO VERGARA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-22.266.766, contra el ciudadano LEOVALDO ANTONIO ANTEQUERA GUEDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-7.983.838.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por resultar totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y bájese oportunamente el expediente al tribunal de la causa.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordi.....