Se dictó decisión, mediente la cual este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SUSPENDE CONDICIONALMENTE DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano YORMAN RAFAEL ESCALONA RAMOS, ampliamente identificado, fijándosele como lapso del régimen de prueba UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y OCHO (08) DIAS de conformidad con lo previsto en los artículos 494, 495 y 498, todos del Código Orgánico Procesal Penal.