En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara  CON LUGAR  la demanda, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por la SOCIEDAD MERCANTIL PASEO MEDITERRANEO, C.A.,  representada por la ciudadana: CATERINA BOLOGNA DE VALENTI, mayor de edad, venezolana, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 3.534.446, y de este domicilio;  en contra del ciudadano: LUIS EDUARDO PRADO SUAREZ, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N°  3.857.714.   En  consecuencia, se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado de manera privada en fecha 01 de abril de 2001 y en consecuencia se condena a la parte demandada, ciudadano: LUIS EDUARDO PRADO SUAREZ,  antes identificado, a hacer entrega a la p.....