PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Damnel Ramos Charval inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 89.164 en su carácter de demandante a título personal, contra el auto de fecha 11 de julio del año en curso dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del presente recurso, en virtud que de acuerdo a la doctrina, reiterada de la Sala de Casación Civil, de nuestro Máximo Tribunal de Justicia, estas no proceden en los juicios de intimación de honorarios profesionales de abogados.
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve, déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año dos.....