En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL, AGRARIO Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud que por ADOPCIÓN, hubiere presentado el ciudadano NADIM AMINE FARAJ BUDARGAM, plenamente identificado en el capitulo I del presente fallo, a favor de la ciudadana YHOLENNYS DEL CARMEN CASTILLO ANCHETA, plenamente identificada en el capitulo I del presente fallo. Así se decide.
SEGUNDO: Se decreta la Adopción Plena e individual propuesta por el ciudadano NADIM AMINE FARAJ BUDARGAM, a favor de la adulta ciudadana YHOLENNYS DEL CARMEN CASTILLO ANCHETA, identificada en las actas que componen el presente expediente. En consecuencia de conformidad con el artículo 54 de la Ley sobre Adopción, la ciudadana YHOLENNYS DEL CARMEN CASTILLO, adquiere la condición de hija del adoptante, con los efectos.....