ASUNTO: FP02-V-2013-000163.
RESOLUCION: PJ0832013-1264.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA DECLARANDO DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA.

En horas hábiles del día de hoy 18/11/13, siendo las dos treinta de la tarde día y hora acordados para que comparezcan los ciudadanos: Anibal Blanca y Rosiris Hernandez, titulares de la Cedulas de Identidad Nros: 19.474051 y 25.755.921 a la presente sesion de mediacion en la causa a favor de las niñas: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), Blanca Hernandez, de cuatro y tres años de edad, respectivamente, el Tribunal deja constancia que no comparecen ninguna de las partes en forma personal conforme a la ley, unicamente estuvieron presentes la Apoderada del actor Abogada: Egly Blanca IPSA Nº: 195.307 y la Defensora Ad-litem o de oficio de la demandada a la presente reunión de la preliminar, razón por la cual este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 parte in fine de la LOPNNA y en consecuencia EXTINGUIDA la instancia, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contado a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las cuatro de la tarde. --------------------
EL JUEZ (2º) DE MEDIACION Y SUSTANCIACION.

DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ APODERADA DEL ACTOR.

LA DEFENSORA AD-LITEM.
LA (EL) SECRETARIA (O).

FGP/fgp.